El Tribunal Supremo avala la Ley de Transportes y ratifica que los agentes puedan inmovilizar VTC que estacionen en zonas de gran afluencia de viajeros para captar clientes

  • ANTAXI y el ayuntamiento de Sevilla celebran esta resolución en la que han defendido esta medida coercitiva que las VTC incumplen sistemáticamente
  • En febrero de 2022, la Policía Local de Sevilla inmovilizó uno de los vehículos VTC perteneciente a Ares Capital que circulaba en zonas de demanda de servicios sin tener un servicio previamente contratado

Madrid, 5 de abril de 2024.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia previa que anulaba la obligación de que transcurra un mínimo de 30 minutos entre la contratación de un servicio VTC y la prestación de este servicio.

Una práctica que, aplicada a la realidad del día a día en las ciudades, viene sucediendo de manera habitual. En febrero de 2022, el Tribunal Supremo admitía a trámite un recurso de casación de la empresa Ares Capital, perteneciente al sector de los VTC (UBER), contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla (TSJA) que avalaba la actuación de la Policía Local de Sevilla al inmovilizar uno de los vehículos de la entidad que circulaba en zonas de demanda de servicios sin tener un servicio previamente contratado.

Por aquel entonces, el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía interpuesto por Ares Capital -y que fue desestimado– tenía como principal fin suprimir una de las escasas limitaciones que aún mantienen en algunas de las comunidades en las que prestan sus servicios, como Andalucía y Madrid.

Esta resolución conocida esta misma mañana por parte del Tribunal Supremo, en la que declara acorde la ley de inmovilizar una VTC que incumpla la Normativa vigente en materia de Transporte que prohíbe el estacionamiento de vehículos en zonas de gran afluencia de viajeros para captar clientes, indica que la inmovilización es una medida cautelar y que no atenta contra el principio de libre empresa ni sobre la ley de garantía y unidad del mercado.

Julio Sanz, presidente de ANTAXI, asegura que “el Taxi siempre está del lado del cumplimiento la normativa. Por eso, a través de ANTAXI y junto con el Ayuntamiento de Sevilla, hemos defendido esta medida coercitiva que las VTC incumplen sistemáticamente y que ha sido refrendada por el Tribunal Supremo porque, recordamos, las calles no son de uso exclusivo de las VTC y de sus propias normas”.

De este modo, el Tribunal Supremo incide a su vez sobre la necesidad y proporcionalidad de diferenciar el Taxi de las VTC ya que, según argumentan en la sentencia, el Taxi es un servicio de interés público.